Existen multitud de motivos por los que se necesita homologar para la ITV una pieza o modificación de un vehículo. Un nuevo tubo de escape escape para la moto, unos luminosos faros LED, una suspensión con diferentes cualidades a las que tu coche traía de serie. Estos casos se conocen como tuning o tuneo de un coche o moto. Pero también podemos necesitarlo para otros menesteres. Para convertir vehículos como homologar una camper, un 4×4, un furgón vivienda, un camión vivienda, etc. Como ves, las posibilidades son casi infinitas.
El tuning y su implicación en las homologaciones
El tuning, tuneo o personalización consiste en modificar un vehículo a motor ya sea en su aspecto estético, en el mecánico por medio de modificaciones. También se conoce popularmente como tuning la personalización de elementos de la cabina interior como aspectos de confort tales como asientos, equipos de sonido, barras antivuelco o el volante. Sin embargo, esta última clase de cambios se conoce como customizing (personalización en inglés).
Ya en la década de los 40 del pasado siglo el tuning y el customizing se pusieron de moda en China, Reino Unido y Alemania. Pero donde más caló esta práctica fue en Estados Unidos. Por su parte, en España, su máximo apogeo llegó en la década de los 2000, con revistas especializadas con tiradas masivas como Maxi Tuning, hoy desaparecida.
Desde entonces se han sucedido numerosas regulaciones y restricciones legislativas, que redujeron considerablemente el número de tuneos, una afición ya cara de por sí, pero que desde entonces se volvió cada vez más difícil de poder sobrellevar. De igual modo, sigue habiendo un buen nicho de apasionados por la personalización de sus coches, motos y otros vehículos.
El tuning y el customizing están regulados en el Real Decreto 866/2010, del 2 de julio y en el Manual de Reformas de Vehículos desarrollado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, revisado por última vez el 1 de enero de 2017. Este último está disponible para su consulta en todas las estaciones de ITV del país. Ambos documentos están en consonancia con la regulación europea.
Tipos de homologaciones
Homologación de tipo:
Procedimiento mediante el cual un Estado miembro certifica que un tipo de vehículo, sistema, componente o unidad técnica independiente cumple las correspondientes disposiciones administrativas y requisitos técnicos oportunos.
Homologación de tipo nacional:
Lo expide una nación y únicamente tiene validez dentro de su territorio.
Homologación de tipo CE:
Esta aprobación verifica que un vehículo cumple con las directrices dictadas por el Parlamento Europeo. Tiene validez en toda la CE.
Homologación individual:
En este proceso se evalúa si un vehículo en concreto cumple con los requisitos técnicos y administrativos bajo la legislación vigente.
Homologación de tipo multifásico:
Proceso a través del cual un tipo de vehículo, ya sea completo o incompleto, satisface los requisitos técnicos y administrativos vigentes.
¿Cuándo necesito homologar para pasar la ITV?
Hoy día todos los fabricantes de coches están autorizados y regulados para pasar la ITV sin necesidad de homologación alguna tal cual vienen de casa. Es más, cualquier modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo posteriormente a ser matriculado y que no produzca cambios en las características por las que le vehículo puede ser definido, no será considerado como reforma.
Por tanto, estos casos descritos no necesitarían una homologación. Sin embargo, desde renovarcar.net recomendamos que pases una pre-ITV en tu taller de confianza si tienes la más mínima duda, así como preguntar toda duda posible al ingeniero que se va a encargar de firmar el proyecto.
Sí sería necesaria la homologación de piezas, sistemas o vehículos en casos como las siguientes alteraciones:
- Dimensiones externas.
- Montaje de neumáticos no autorizados.
- Tintado de lunas.
- Amortiguadores o muelles.
- Tubo de escape.
- Centralita del motor para el aumento de potencia.
- Alteraciones que afecten a la identificación del vehículo (número de bastidor, lugar de la matrícula o de la pegatina de ITV).
- Unidad motriz.
- Transmisión.
- Ejes.
- Suspensión.
- Dirección.
- Frenos.
- Carrocería.
- Alumbrado y señalización.
¿Qué tengo que llevar a la ITV para la homologación?
Si has relazado una modificación es obligatorio pasar la ITV en un plazo de 15 días naturales. Previamente, tendrás que haber obtenido:
- Un certificado del taller que realizó las alteraciones en el vehículo.
- El informe de conformidad del fabricante del vehículo o por su servicio técnico de reformas (homologador).
- El proyecto técnico detallado de la reforma.
¿Te has quedado con dudas? Déjanos un comentario y te atenderemos lo antes posible o visita nuestra entrada de preguntas y respuestas sobre homologaciones.
Valora este artículo.
[ratings]