Multas de 100 euros por no apagar el motor en un estacionamiento

La Dirección General de Tráfico está organizando severos cambios en las normas y multas para el final de las vacaciones de verano. Este documento legal aún no ha sido aprobado por el Congreso de los Diputados, por lo que no será de aplicación inmediata, pero podría entrar en vigor en los próximos meses.

Ciertos cambios en normativa y multas de la DGT ya se conocían desde hace un tiempo, algunas de ellas incluso desde finales de 2020, ya que el departamento dirigido por Pere Navarro está al tanto de todos los planes que se aplican a las sanciones. De las seis normas que se modificarán si el cálculo es aprobado por el Parlamento, una destaca por su novedad y por la posible confusión que podría causar a todos los conductores. Esta normativa forma parte de los llamados perjuicios al medio ambiente.

Una nueva acción punible para la DGT

El futuro texto de la ley explica que los conductores no deben “obstruir injustificadamente el tráfico o causar peligro, daño o molestias innecesarias a las personas o daños a la propiedad o al medio ambiente”. Debajo de esta redacción se encuentran las nuevas multas impuestas por la DGT por no apagar el motor de un vehículo cuando está detenido.

Sin embargo, esto no se aplica a los conductores que deben detenerse sin más remedio en medio del tráfico, como en un semáforo en rojo, en un STOP o en un atasco. La DGT quiere sancionar a los conductores que no apagan el motor cuando detienen sus vehículos, por ejemplo en un aparcamiento. Esto significa que los conductores serán multados simplemente mantener el motor del coche en marcha sin estar circulando, incluso si el conductor permanece en el interior del coche.

Para evitar una multa si se aplica esta medida, los conductores tendrán que apagar completamente el motor desde el inicio del aparcamiento, pero habrá un límite de dos minutos como tope para evitar un encendido y apagado continuo que podría causar graves problemas al motor del coche.

Como en toda normativa, hay un grupo de vehículos que están exentos de la obligación de parar sus motores en los aparcamientos. En el caso de los coches particulares, sólo los vehículos con una categoría de emisiones de clase C o Eco podrán dejar sus motores en marcha, mientras que en el caso de los servicios públicos, los vehículos de ocio y de transporte de pasajeros podrán dejar sus motores en marcha.

Esta nueva multa se basa en una sanción menor de 100 euros.

Esta multa de aparcamiento es una de las cinco que la DGT espera sacar adelante con el apoyo de los diputados.

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