El Congreso rechazó la idea de multar a los ciclistas que se salten los semáforos, las señales de stop o que circulen en sentido contrario.
La comisión de asuntos de interior rechazó una enmienda del Grupo Republicano (ERC) para clasificar estos actos como faltas con una multa de 100 euros.
Resulta muy habitual ver a ciclistas que llegan a una intersección con semáforo y hacen caso omiso de la luz roja. Esta práctica se repite en las calles de todas las ciudades españolas y pocos saben si está permitida o, por el contrario, se considera una infracción según el Reglamento General de Circulación (RGC).
Rechazo de la enmienda
De hecho, esta y otras acciones no son del todo ilegales (aunque no sean ni siquiera reglamentarias), porque tienen una laguna legal al no estar recogidas explícitamente en el texto de la Ley de Tráfico. Muchas ciudades han cerrado este vacío legal incluyendo este tipo de infracción en sus ordenanzas municipales, y la multa suele rondar los 200 euros.
Para homogeneizar esta normativa y tipificar estas infracciones como delitos leves en toda España, los diputados republicanos propusieron una enmienda que fue rechazada por el Congreso de los Diputados.
Multa de cien euros
Esta propuesta formaba parte de las enmiendas del Grupo Republicano a la “modificación de la Ley de Tráfico”, que fueron debatidas por la Comisión de Asuntos Internos de la Cámara el jueves 30 de septiembre. Esta enmienda (nº 87) propone añadir varios puntos al artículo 75 de la nueva Ley de Tráfico para ampliar el abanico de infracciones que, según el Grupo Republicano, deben ser calificadas como leves y, por tanto, sancionadas con una multa de 100 euros.