Si tiene un coche que lleva años sin moverse de la propiedad privada, tenga cuidado. Durante este tiempo, al no estar asegurado y no participar en la ITV, la DGT podrá decidir que el vehículo debe ser retirado de las calles y lo dará de baja de oficio. No obstante, este proceso es reversible y puede evitarse.
Bajas de oficio de la DGT
La DGT ha establecido un procedimiento para dar de baja de oficio de forma definitiva a los vehículos que se consideren desguazados. Así lo recoge el Real Decreto 265/2021, que modifica el artículo 35 del Reglamento General de Vehículos. Las causas de baja de oficio del vehículo son las siguientes:
Carecer de seguro en los últimos 10 años.
No haber participado en una inspección del vehículo (ITV) en los últimos 10 años.
¿Cuáles son los motivos de cancelación de oficio de la DGT?
La DGT ha sospechado que existen diversas irregularidades detrás del gran número de vehículos suspendidos que se tramitan en España, como la exportación ilegal de vehículos a otros mercados, irregularidades en los procedimientos de desguace, e incluso la existencia de un mercado negro de piezas de vehículos desechados. Debido a estas sospechas, la DGT ha introducido el término “coches zombis“. Esto significa que un coche registrado como desguace puede haber sido “resucitado” de alguna manera sin el conocimiento del anterior propietario. Por ello, la DGT ha modificado el procedimiento de retirada temporal para permitir una prórroga.
Por otro lado, la DGT también sospecha que hay muchos vehículos en España que están matriculados, pero no tienen ITV ni seguro desde hace años. Algunos de ellos pueden estar en servicio de forma irregular, pero sospechamos que muchos de ellos no han estado en servicio durante mucho tiempo. Por ejemplo, algunos de nuestros lectores tienen vehículos que llevan más de una década guardados en garajes privados, a la espera de una futura reforma, y les preocupa que la DGT proceda a darlos de baja de oficio.
El Ministerio de Transportes quiere poner sobre la mesa todos estos vehículos y utilizar las herramientas de las que dispone la DGT, es decir, la baja definitiva y la baja temporal prorrogable.
¿Cómo puedo evitar que la DGT dé de baja mi vehículo?
Para evitar que la DGT dé de baja un vehículo, podemos atender directamente a los dos motivos por los que Transportes considera que un vehículo debe ser dado de baja, es decir, la póliza de seguro y la participación en la ITV. Sin embargo, entendemos que hay precisamente una razón por la que nuestros vehículos no están asegurados y no participan en la ITV desde hace mucho tiempo, y es que están fuera de servicio.
Por ello, lo más adecuado es solicitar una baja temporal. La baja temporal es más fácil, más rápida y más barata de realizar. Un vehículo matriculado por baja temporal no tiene que pagar el impuesto de circulación ni someterse a las inspecciones de la ITV.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que en el futuro, la cancelación temporal de la matrícula expirará un año después de la solicitud. Por lo tanto, una vez transcurrido el primer año de baja temporal, deberá solicitar una prórroga de la baja temporal o Transportes volverá a dar de alta el vehículo y usted volverá a la casilla de salida.
Renovación de oficio de la matrícula
Para reclamar un vehículo, debe solicitar y pagar el correspondiente formulario de reclamación facilitado por el Departamento de Transportes, aportar una prueba de identidad y propiedad del vehículo y un certificado de inspección técnica, o bien autodeclarar el impuesto de circulación mecánica.
Esto tiene como efecto que “el vehículo puede entonces ser rehabilitado si cumple las condiciones para recuperar su permiso de funcionamiento administrativo”.
Le recomendamos que lea nuestro artículo sobre impresos DGT para saber qué documento hay que rellenar en cada caso.
Viajar con el DNI caducado podría convertirse en un quebradero de cabeza nada aconsejable. El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un documento personal, de carácter oficial y público, que acredita la identidad del portador, sus datos y su nacionalidad de España. Es necesario para poderse identificar y para poder llevar a cabo diversas actividades, entre ellas, los viajes. Pero… ¿Qué ocurre si me caduca el DNI? ¿Puedo viajar con el DNI expirado?
En España, el Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento de identidad de carácter obligatorio para todas las personas mayores de 14 años.
El DNI es un documento oficial, personal e intransferible al que tienen derecho todos los ciudadanos españoles. Este documento tiene un periodo de validez determinado, que depende de la edad: 5 años para los menores de 30 años, 10 años para los que tienen entre 30 y 70 años, e indefinido para los mayores de 70 años. Debe ser renovado en una comisaría una vez que haya expirado este periodo.
Sin embargo, en ocasiones nos encontramos sin querer con que nuestro DNI ha caducado, ¿qué consecuencias tiene que nuestro DNI haya caducado?
¿Qué ocurre si mi DNI caduca?
Necesitará su DNI o pasaporte para acreditar su identidad en cualquier circunstancia. Los casos más habituales son:
Para presentarse ante un organismo gubernamental u oficial, una autoridad o un tribunal.
Para alojarse en un hotel, recibir un paquete en la oficina de correos, realizar una operación bancaria, etc. Y revelar su identidad a otras personas u organizaciones para realizar diversas acciones.
Para poder votar en unas elecciones.
Para viajar dentro de la Unión Europea.
Si no tiene un documento de identidad válido, no podrá realizar ninguna de estas actividades.
¿Puedo viajar con el DNI caducado?
Si tiene que viajar, un documento de identidad no válido puede ser un problema. Si tiene un pasaporte en vigor, este problema está esencialmente solucionado.
Sin embargo, si no tiene pasaporte y su DNI ha caducado, deberá renovarlo. Uno de los requerimientos principales para obtener el pasaporte es que el DNI esté vigente exactamente (este trámite también se puede hacer en la misma cita).
¿Viajar con el DNI expirado? La respuesta varía dependiendo de su destino
Si su destino es dentro del país, puede embarcar en un vuelo aunque el documento esté caducado. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Asuntos Urbanos tiene normas de seguridad que regulan la identificación de los pasajeros, que se pueden encontrar en su página web.
¿Qué documentos debo llevar para subir a un avión?
Estas normas establecen diferentes requisitos de identificación según el tipo de vuelo, el lugar de salida y destino y el tipo de pasajero.
Para los vuelos dentro de España:
El DNI o el pasaporte (no obligatoriamente en vigor).
Para vuelos dentro de la UE o del espacio Schengen:
Un pasaporte o documento de identidad válido
Los españoles que viajen a Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Países Bajos, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Portugal, Suecia y Suiza pueden viajar con un pasaporte caducado hasta cinco años después de su caducidad.
Al viajar a un tercer país:
Pasaporte válido o documento de viaje válido
Cualquier otro documento exigido por el país de destino.
Esto significa que, según la normativa, se puede volar dentro de España con un DNI caducado. Sin embargo, existe el riesgo de que la compañía no te permita embarcar, lo que puede ser motivo de disputa.
En cualquier caso, es aconsejable no arriesgarse y tener siempre la documentación en regla, aunque se tenga derecho a ella.
¿Cómo renovar mi carnet caducado?
Esté atento a la fecha de caducidad de su documento de identidad para poder solicitar una cita previa antes de que caduque. Si su documento de identidad ya ha caducado, le recomendamos que lo renueve lo antes posible.
Para renovar un DNI caducado, deberá presentar una fotografía, su anterior documento de identidad y una prueba de cualquier cambio en sus datos. También hay que pagar las tasas (12 euros). Dicho coste será completamente gratis para familias numerosas.
Para gestionar tu cita previa DNI, puedes encontrar los pasos que debes realizar haciendo click aquí.
Cada vez son más los jóvenes que optan por el renting en lugar de la compra. Así lo demuestran los datos de Idoneo, la plataforma de renting con la mayor oferta de coches del mercado español. Muestran que un tercio de los coches disponibles para renting son ocupados por menores de 40 años. Eduardo Clavijo, director general de Idoneo, considera que estas cifras son “lógicas” ya que “la mayoría de los contratos de renting son firmados por personas mayores de 40 años”, un colectivo que “tiene más recursos”. Esta tendencia se viene produciendo desde hace varios años y, aunque el relevo de la compra por el renting está presente en todos los grupos de edad, esta preferencia es especialmente evidente entre los clientes más jóvenes.
¿Cómo funciona el renting?
Según el portal especializado renting10.com, el coche es siempre propiedad de la empresa de renting y el particular lo alquila durante un periodo de tiempo determinado especificado en el contrato (normalmente de dos a cinco años) y paga una cuota mensual fija por él. Incluye los gastos asociados al uso del vehículo (que suelen ampliarse en función del tipo de plan acordado): impuestos, mantenimiento, posibles averías, seguro, neumáticos. Al contratar un coche de renting, sólo se paga el combustible (gasolina, diesel, biogas, etc), los peajes y las multas.
¿Por qué el renting funciona entre los jóvenes?
Una de las razones por las que el renting tiene tanto éxito entre los jóvenes es su filosofía de compra. Estas generaciones están acostumbradas a las prestaciones tipo Netflix y Spotify, que funcionan bajo el método “pago por uso”. Era cuestión de tiempo que esta metodología se adaptara también a los vehículos.
“Los millennials valoran la libertad financiera que ofrece el renting y la posibilidad de salir del coche sin mucho coste”. El experto afirma: “Lo mismo está ocurriendo con la generación Z”, añade. Es interesante recordar se consideran millenials a aquellos nacidos entre 1981 y 1993; y generación Z a las personas nacidas entre 1994 y 2010. Por tanto, en pleno 2021, todo adulto menor de 40 años estaría comprendido en estas franjas de edad.
En este sentido, las generaciones más realistas ven la compra de un coche como un proyecto a largo plazo, por lo que el renting es una gran alternativa a la compra de un coche.
“Además, este grupo pone más énfasis en las características del vehículo, como las bajas emisiones o la electricidad”, dice el experto. Los vehículos ecológicos evolucionan constantemente, por lo que el renting es una buena forma de adquirir los últimos vehículos eléctricos”. Con el renting, se puede obtener una garantía para estos vehículos”, afirma.
El nicho de mercado del renting
Paralelamente, es importante tener en cuenta que el consumo de los millennials no es el mismo que hace 5 años y no será el mismo dentro de otros 5. Según la consultora Deloitte, los millennials serán el 75% de la fuerza laboral mundial en 2025″. Es decir, dentro de unos años, los consumidores con estas preferencias serán mayoría y este grupo será el mayor nicho de mercado”, advierte Clavijo.
Hasta el momento, los millennials han sido descritos como un grupo inseguro que se resiste a comprar y prefiere las experiencias a las cosas. Esta generación está abandonando poco a poco la juventud, y aunque sus ingresos aumentan, abandonan sus prioridades.
“Hace unos años veíamos una reticencia de los jóvenes a comprar un coche, sobre todo en zonas urbanas, por alternativas como el car sharing, los patinetes eléctricos o el transporte público”, explica Eduardo Clavijo. “Surgen nuevas necesidades, como las relacionadas con la formación de una familia. Pero esto no cambia la filosofía de consumo”, añade.
El límite de velocidad de 30 km/h introducido hace 10 años no ha reducido el número de accidentes/ Las personas en scooters y bicicletas son las que se ven más implicadas en los accidentes
En solo un año, Zaragoza multiplica por dos las multas por superar el nuevo límite de velocidad
Las multas por exceso de velocidad en Zaragoza se han duplicado en solo un año -y en un año pandémico en el que el tráfico rodado ha caído a su máximo histórico- hasta superar las 74.000 en 2020. Si ya habían aumentado ligeramente hasta las 30.000 en 2019, lo del pasado año no tiene sentido alguno. La policía local afirma que el aumento se debe a la introducción de nuevas cámaras de radar de varios carriles y a un control más estricto de la velocidad, especialmente en las carreteras limitadas a 30 km/h y en los carriles bici de las calles principales.
Ayer entró en vigor una modificación de las normas de tráfico, según la cual todas las ciudades españolas deben reducir la velocidad en las calles de un solo sentido y en los carriles únicos de 50 km/h a esta velocidad. En la capital aragonesa, sin embargo, aunque entró en vigor a finales de 2010, ya estaba incluida en la Ordenanza de Movilidad de 2009, que restringía todas las vías a favor de los ciclistas.Diez años después, este cambio destinado a reducir la siniestralidad no ha supuesto una reducción significativa del número de accidentes, ya que se han mantenido unos 3.000 casos. 3.169 en 2019 frente a los 3.759 de 2010, cuando entró en vigor la ordenanza, según un informe de la policía provincial. El año 2020 es representativo porque fue un año excepcional y porque la crisis de la salud civil ha cambiado todas las estadísticas.
La importancia de crear conciencia entre los conductores y usuarios
Según Juan Manuel Maroto, jefe de tráfico de la Policía Local, el hecho de que las normas de circulación no hayan contribuido a reducir los accidentes está directamente relacionado con la falta de concienciación de los conductores, por lo que están más atentos.
Reducir el límite de velocidad puede, al menos, ayudar a reducir las consecuencias de un accidente. Hay un 80% de posibilidades de morir en un accidente si se circula a 50 km/h y un 20% si se hace a 30 km/h, explica Josan Chanca, jefe del servicio de movilidad del Ayuntamiento de Zaragoza, que confirma que el punto de inflexión de la conducción en España es la expedición del carné por puntos.
Según el Índice de Transporte y Movilidad de la ciudad, el año pasado 185 peatones se vieron implicados en accidentes de tráfico, frente a los 280 de 2019; en 2014 la cifra alcanzó los 299. Esto sucedió a pesar de las pandemias y restricciones sucedidas por la COVID-19.
Los accidentes con vehículos privados han descendido en 2020, lo cual es lógico si se tiene en cuenta que el tráfico lleva tres meses atascado y aún no ha alcanzado los niveles normales. Según las estadísticas municipales de tráfico y movilidad, el número de accidentes se mantuvo estable en 2019 y 2018 (4.867 y 4.958, respectivamente), lo que supone un descenso respecto a años anteriores en los que se superaron los 5.000 accidentes.
La mayoría de los accidentes se producen en carreteras largas de dos carriles por las que suele circular la gente. Por eso Movilidad recomienda que se establezcan zonas de control de tráfico en las carreteras con carriles estrechos y de 50 a 70 metros de longitud para que los conductores puedan detenerse en los pasos de peatones.
Otro posible nuevo límites de velocidad en un futuro próximo
En España los tipos de permisos de conducir varían de acuerdo a la clase de vehículo que se va a conducir. Parece obvio, ¿verdad? De esta forma, se identifican los exámenes necesarios según cada tipo de permiso de conducir. Conocer cada uno de ellos y el vehículo que se puede conducir con cada tipo de permiso es una información que realmente te ayudará al momento de tramitar el tuyo.
Descubre la toda la gama de permisos de conducir que se pueden tramitar en España actualmente, además de las ventajas de contar con cada uno de ellos, los beneficios que pueden ofrecerte y los problemas que te puedes evitar contando con los permisos correctos.
Carnets de conducir: tipos
Permisos de conducir A
Entre los permisos que se identifican con la letra A, existen varios. A continuación te los nombraremos y describiremos el vehículo que podrás conducir con cada uno.
AM: este tipo de carnet de conducir te permitirá conducir vehículos que se compongan de 2 y 3 ruedas o hasta cuatriciclos. De igual manera, vehículos ciclomotores. La edad requerida para la tramitación de este permiso es de 15 años en adelante, no pudiendo transportar pasajeros en el asiento de atrás hasta los 18 años. Este permiso se ha extendido a los patinetes eléctricos que superen los 25 km/h y los 1000 watios de potencia.
Asimismo, entrarían en esta licencia los microcoches, más conocidos como coches sin carnet. Desde cuadriciclos.es nos indican los requisitos para conducir coches sin carnet.
A1: son permisos para conducir motocicletas que dispongan de una cilindrada máxima de 125 centímetros cúbicos y que logren alcanzar una potencia máxima de 11 KW. Se debe tener 16 años o más para poder realizar la tramitación y obtención de este permiso de conducir.
A2: al disponer de este carnet podrás conducir sin ningún tipo de problema motocicletas que dispongan de una potencia máxima de 35 KW. Para tramitarlo se requiere tener una edad de 18 años.
A: se considera el carnet general de este tipo y te da la opción de conducircualquier motor que se encuentre englobado en los permisos A1, A2, AM y, obviamente, los A que son motocicletas y triciclos de motor sin importar cilindrada ni potencia. Para obtener este carnet no se hace un examen como tal, sino un curso de autoescuela con su parte teórica y práctica. En lo que respecta a la edad que se requiere para la obtención de este permiso es de 25 años en adelante.
Permisos de conducir B
En cuanto a los permisos de conducir B solo existen dos variantes. Veamos cuales son:
Permiso B
El carnet B da la autorización para conducir vehículos con una masa o peso que no exceda los 3500 kilogramos y que no se pueda transportar más de 8 pasajeros, sin incluir el conductor.
También, podrás conducir vehículos de tipo acople, es decir, tractores. Siempre y cuando no exceda el peso de 750 kilogramos y que en general el peso completo del vehículo que se esté conduciendo, incluyendo el acople, no sobrepase los 4250 kilogramos.
Claro está, cada uno de estos vehículos no debe incumplir ninguna norma prevista para este tipo de permiso de conducir.
Con tres años de antigüedad, este carnet también te habilita para conducir ciclomotores (50cc) y motocicletas de hasta 125cc.
También, el carnet B te permitirá conducir triciclos y cuatriciclos que funcionen a motor.
La edad necesaria para poder obtener este permiso es de 18 años ya cumplidos a la hora de examinarse. Puedes comenzar a prepararte antes de cumplir los 18, pero en el momento del examen práctico tendrás que ser mayor de edad.
Permiso B+E
Con este carnet tendrás la opción de conducir vehículos acoplados a los que te permite transportar el carnet de tipo B y un remolque o semirremolque donde todo el peso máximo no sobrepase los 3500 kilogramos. En cuanto a la edad que se exige para la tramitación y obtención de este carnet es necesario tener 18 años.
Permisos de conducir C
Los permisos tipo C están diseñados para el transporte de mercancías (camiones). Para los vehículos habilitados con estos permisos el número máximo de plazas no podrá ser mayor de 9, incluyendo al propio conductor. Estos permisos requieren un Certificado de Aptitud Profesional (CAP). Entre los diferentes carnet de conducir tipo C están los siguientes:
Permiso C1
Este es un carnet de coche, donde el peso mínimo es de 3500 kilogramospero no excede los 7500 kilogramos. Se debe de tener 18 años cumplidos para poder obtener este permiso.
Permiso C
Hasta el año 2020 solo se podía obtener a partir de los 21 años de edad. Sin embargo, con la aprobación del Real Decreto 971/2020 de 10 de noviembre, dicho límite se rebajó hasta los 18 años. Con esta licencia se pueden conducir vehículos pesados sin límite de masa máxima autorizada (M.M.A).
Permiso C1+E
También conocido como C1E. Este permiso te autoriza conducir los vehículos que admite el tipo de carnet C1con un remolque acoplado sin necesidad de que éste sea ligero, pero que el peso máximo de la carga no sobre pase los 12000 kg. También, se podrá manejar los vehículos que sean autorizados con los carnet de case B y, si así se desea, un remolque o semirremolque donde la carga máxima no sea mayor a los 12000 kilogramos y que tampoco incumpla alguna norma para ninguno de los tipos de permisos. La edad que se requiere para este permiso es de 18 años cumplidos.
Permiso C+E
También llamado CE. Como su hermano menor, el tipo C, con este permiso podrás conducir cualquier vehículo sin límite de M.M.A y además podrás acoplar un remolque de hasta 750kg. La edad mínima para la obtención de este permiso también es de 21 años.
CAP
Este no es un permiso de conducir como tal, pero es obligatorio para poder trabajar como chófer de camión. Se trata del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de mercancías. Es absolutamente obligatorio para transportar mercancías. Casi todas las autoescuelas que trabajan los permisos de camión o tipo C ofrecen la posibilidad de obtener tanto el permiso C como el CAP al mismo tiempo.
Para la consecución del CAP es necesario llevar a cabo un cursillo de 130 horas de teoría y 10 de práctica. Para obtenerlo es necesario estar en posesión del carnet C.
Permisos de conducir D
Carnets para autobuses. Es obligatorio poseer previamente el carnet tipo B antes de examinarse para un tipo D. Al igual que para los permisos tipo C, estos carnets también requieren un Certificado de Aptitud Profesional (CAP). Los diversos permisos de tipo D son los siguientes:
Permiso D
Te da la autorización para conducir vehículos donde se pueda transportar más de 8 personas, en definitiva, es el carnet indicado para autocares y autobuses. Se deben tener 24 años cumplidos para la tramitación de este permiso.
Permiso D1
Con el carnet D1 podrás conducir vehículos que permitan llevar hasta 16 personas, además del conductor, y que la longitud máxima del vehículo no sea mayor a los 8 metros. En lo que respecta a la edad se deben tener 21 años cumplidos para poder adquirirlo. Es un carnet muy recurrido para conducir minibuses de 16 plazas.
Permiso D+E
Con este carnet podrás conducir cualquier automóvil que permite el carnet de la clase Dy un remolque que no sobrepase un peso máximo de 750 kilogramos. Debes poseer 24 años cumplidos para alcanzar este permiso.
Vehículos profesionales
En cuanto a lo que respecta a la conducción de los vehículos de tipo profesional que engloben los permisos de tipo C1, C1+E, C, C+E, D1 y D+E, además de cumplirse los requisitos para cada permiso, también se deben cumplir los requerimientos exigidos en el Real Decreto 1032/2007 de fecha del 20 de julio del año 2007.
Este decreto regula la cualificación de inicio y la formación continua de cualquier conductor que se encuentre capacitado para la conducción de los vehículos destinados para los transportes de personas y ser manejados por grandes carreteras.
Como hemos visto, obtener la licencia de conducir en España es variable según el tipo de vehículo que se va a conducir y de acuerdo con la edad y la facultad que disponga cada conductor. De esta forma, el Reglamento realiza una regulación de los permisos que se deben obtener para cada vehículo y, a medida que se avanza en cada obtención de los permisos, se amplían las posibilidades del automóvil que se puede conducir.
Tanto las furgonetas, los autobuses, los coches y las motos son vehículos de distintos pesos, maneras de conducir y reglamentos. En estos casos, lo más recomendable es contar con el carnet correcto y de esta forma facilitar los traslados o el trabajo, si se trabaja de chófer.
En resumen, en España cada permiso regula un vehículo distinto. Dicha característica determina el vehículo que se desea conducir para encontrar el carnet correcto.
OMS y Unión Europea proponen reducir a 70 kmh el límite de velocidad en carreteras convencionales. Esto reduciría el éxodo de vehículos cuando se instauren peajes en autovías.
Esta semana la DGT está tomando todas las medidas posibles contra el exceso de velocidad. Con motivo de la implantación de nuevos límites de velocidad en los municipios (30 km/h en carreteras de un solo carril a partir del martes 11 de mayo), la DGT ha anunciado una campaña de refuerzo de los controles de velocidad (radares móviles) en las vías interurbanas (autopistas, autovías y carreteras ordinarias) hasta el domingo 16 de mayo.
Mejora del control de velocidad de la DGT
“La próxima semana, la DGT intensificará el control del cumplimiento de los límites de velocidad establecidos en las vías interurbanas”, ha informado la DGT en un comunicado y en las redes sociales.La DGT ha señalado que la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATG) y las policías de otras zonas vigilarán los tramos de riesgo relacionados con la velocidad, así como los tramos en los que se circule por encima del límite establecido. Los excesos y los puntos con alta siniestralidad serán especialmente controlados.
?La #velocidad aumenta la gravedad de los accidentes, afecta al medio ambiente y está relacionada con uno de cada 4 accidentes mortales. pic.twitter.com/9Tpwy3Zqhe
Se incrementará la presencia de radares móviles (alrededor de 550) en las carreteras interurbanas durante la semana y el funcionamiento de los radares fijos y de tramo en este tipo de carreteras (todos ellos situados fuera de las zonas pobladas). También estarán en funcionamiento 15 furgonetas camufladas de la DGT, drones y helicópteros capaces de interceptar y denunciar infracciones. En consonancia con el carácter preventivo de la campaña, los conductores serán informados de las restricciones mediante paneles de mensajes variables o, en las carreteras sin paneles, mediante señales verticales, teniendo en cuenta el contexto.
La DGT afirma que este tipo de campañas no tienen sólo un carácter sancionador, sino que pretenden fundamentalmente alertar a los ciudadanos de la importancia de cumplir con los límites de velocidad. De hecho, el exceso de velocidad tiene un impacto directo en la ocurrencia y gravedad de los accidentes de tráfico.
Inminente entrada en vigor del nuevo límites de velocidad en carreteras convencionales
La DGT también ha recordado que el límite de velocidad en carreteras convencionales (de 90 km/h a 70 km/h), donde se concentra el 77% de las muertes en carretera, aún puede reducirse y no se descarta que lo haga en breve. La UE, la OMS y la OCDE recomiendan desde hace varios años que los límites de velocidad se fijen teniendo en cuenta las fuerzas que puede soportar el cuerpo humano.
Carreteras convencionales: 70 km/h
En concreto, la organización internacional considera que una velocidad de 70 km/h es adecuada para reducir el riesgo de colisiones frontales en carreteras convencionales en las que los carriles no están separados físicamente. La misma idea está detrás de la reducción del límite de velocidad a 30 km/h en las zonas urbanas, porque los usuarios vulnerables de la vía pública (peatones y ciclistas) existen en el mismo espacio que los vehículos de motor. Por lo tanto, se espera que en el futuro también se reduzca el límite de velocidad en carreteras convencionales en las que los usuarios vulnerables, especialmente los ciclistas, conviven con los vehículos de motor.
La DGT lo niega
La DGT ha descartado estudiar la posibilidad de reducir el límite de velocidad en las carreteras de doble sentido a 70 km/h, a pesar de las recomendaciones de los organismos internacionales.” En cuanto a la velocidad, creemos que ya está casi todo hecho”.
Controlar el éxodo por los peajes en autovías
Reducir el límite de velocidad en las vías secundarias a 70 km/h tiene un doble objetivo: reducir la siniestralidad en este tipo de vías y, de paso, evitar que los conductores se desborden a las carreteras ordinarias cuando se implante en el futuro el peaje de las autovías que el Gobierno está estudiando. Se trata de desalentar el uso de las carreteras secundarias para evitar los peajes en las vías de alta capacidad (autopistas y autovías).
Asistencia obligatoria para todos los vehículos nuevos
La DGT además recuerda que la UE ha ordenado que todos los coches nuevos homologados en Europa a partir de 2022 y todos los coches nuevos que se vendan a partir de 2024 deben estar equipados con el asistente de velocidad inteligente ISA, que funciona conjuntamente con el GPS. Este ISA está equipado con una cámara que detecta las señales de tráfico y avisa a los conductores si van a exceso de velocidad.
Según el Pere Navarro, director de la DGT, los pasajeros que viajen por motivos de trabajo, tratamiento médico o educación estarán exentos de las tasas de circulación.
El Gobierno tiene previsto empezar a cobrar peajes en todas las autovías españolas desde 2024 y ya lo ha comunicado a Bruselas a través del “Plan de Recuperación, Transformación y Restauración”. El plan es una exigencia de la Comisión Europea para poder optar a los 140.000 millones de euros de ayuda del Fondo Europeo de Recuperación para mitigar los efectos de la Covid-19.
Peajes en autovías
El sistema de tarificación de las carreteras nacionales (autopistas y autovías) pretende ser un mecanismo de financiación directa para la conservación y el mantenimiento de la red estatal de carreteras, aunque algunos trayectos seguirán siendo gratuitos. La DGT dijo que el borrador del futuro sistema de tarificación aún no está elaborado y ni siquiera es provisional. Aseguró que incluirá ciertas excepciones, pero da por hecho que se incluirán.
El director del Departamento de Transportes, Pere Navarro, dice que en el futuro los desplazamientos por motivos de trabajo, asistencia médica o estudios estarán exentos de peaje, pero no explica cómo se diferenciará el tipo de desplazamiento, lo que podría dar lugar a graves problemas técnicos.” Al informar a la Comisión de Interior del Senado sobre las últimas reformas del Gobierno en materia de seguridad vial, Navarro dijo que “cuando se introduce cualquier tipo de impuesto, normalmente siempre se excluyen ciertos casos.
“Por ejemplo, una persona que utiliza la autopista para su trabajo diario está exenta de pagar, de lo contrario tendríamos que reprimirla”. El jefe de la DGT explicó que “incluso los viajes con fines de investigación (están exentos)”. Incluso podríamos eximir las visitas de la abuela al médico: En otras palabras, hay margen de maniobra“, añadió Pere Navarro en una sesión de preguntas y respuestas.
Nadia Calviño sobre los peajes en autovías: “Pagarán quienes entren en España”
La vicepresidenta económica, Nadia Calviño, también defendió el modelo de tarificación de los usuarios de la carretera por ser “el modelo europeo y el más justo en cuanto a su distribución en el territorio”. También sugirió que los vehículos que entren en España por las carreteras de otros países paguen una tasa por utilizar la red nacional de carreteras”. Dijo: “Entran 100.000 coches al día en España, la mitad de los cuales son extranjeros, y creo que también deberían pagar algo.
Imitar el modelo europeo
Según Navarro, el sistema de tarificación es una fuente de ingresos que ha sido adoptada por otros países de la UE. “Todos los países europeos pagan por el mantenimiento y la conservación de sus carreteras”. De momento se pagan con los presupuestos nacionales, pero no podemos. Cuando vas en tren, no puedes ir gratis. Cuando vas en tren, no es gratis. Hay infraestructuras aquí y en otros países donde hay que pagar. Sólo hablamos de costes de mantenimiento y conservación”, explica el director de la DGT.
Fugas a carreteras secundarias
Navarro también descartó la posibilidad de que la tarificación de las autovías desplace el tráfico de automóviles a las carreteras secundarias. En estas vías se concentra el 77% de los accidentes de tráfico mortales. “Las carreteras convencionales están diseñadas para viajes de corta y media distancia, no para viajes de 500 km. No nos preocupa que se desplace el tráfico de las vías de alta capacidad (autopistas y autovías) a las carreteras convencionales porque el sentido común nos dice que nadie lo haría“, dijo el director de la DGT.
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