Te contamos las nuevas normas de la DGT para que puedas comenzar el año de la mejor manera posible y si que te coja de imprevisto esta actualización.
El pasado 10 de noviembre se publicó en el BOE la modificación del Reglamento General de Circulación. Dichas modificaciones, aprobadas por el Congreso de los Diputados por Real Decreto, entrarán en vigor en dos tramos: Una parte de las medidas funcionarán desde el 2 de enero de 2021, y el resto el 11 de mayo del mismo año.
Unas, como los nuevos límites de velocidad en urbe lo van a hacer para el mes próximo de mayo, y otras, como las relativas a los patinetes eléctricos y el controvertido certificado van a poder retardarse hasta un par de años. Sin embargo, sí que hay un esencial parque de medidas cuya vigencia arranca este próximo dos de enero de 2021, y que te recordamos ahora.
Endurecimiento de infracciones: se van a perder más puntos
Una de las medidas más relevantes en esta sección es la relacionada con el móvil, que va a suponer una sanción económica de quinientos euros y la retirada de seis puntos (anteriormente la sustracción era de tres puntos). Tal como hemos venido contando, esta sanción no solo se va a aplicar a quienes vayan conduciendo y hablando con el mismo, sino además a aquellos que estén utilizándolo de cualquier otra forma o bien aun sosteniéndolo con la mano por cualquier razón.
Igualmente, circular sin hacer empleo de los elementos de seguridad como el casco, el cinturón o bien los dispositivos de retención infantil, va a pasar a suponer una sanción que va a llevar aparejada la detracción de cuatro puntos, en vez de los presentes tres puntos, permaneciendo la misma sanción económica, 200 euros. Además de esto, asimismo se deja de forma clara y unívoca que el mal empleo de exactamente los mismos equivale a exactamente la misma sanción, como podría ser llevar el casco sin abrochar o bien la banda diagonal del cinturón tras la espalda, y hasta aun un SRI no amoldado a las peculiaridades del menor por peso y talla.
El mero hecho de portar en el vehículo un detector de radares va a ser sancionado con doscientos euros y la pérdida de tres puntos. Hasta el momento solo se sancionaba a los conductores que los “llevaban activados”. Sin embargo, la enorme mayoría de ellos frente a un control los apagaban, para posteriormente, volverlos a conectar.
Nuevas prohibiciones y normas de la DGT
En primer sitio, recordemos que se eliminará el margen de veinte km/h que hasta el momento se podía sobrepasar el límite de velocidad en las carreteras usuales de doble sentido para adelantar, tanto en vías interurbanas convencionales como en vías para automóviles. Este aspecto ha generado mucha polémica por el riesgo que podría suponer desde este momento la maniobra de adelantamiento. De acuerdo con la DGT, es una medida adoptada con éxito en nuestro entorno europeo.
Asimismo, se ha cambiado el artículo treinta y ocho del Reglamento, que afecta a los dispositivos de movilidad personal, quedando como sigue:
“Se prohíbe circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías que transcurren en poblado con automóviles de movilidad personal. Además, se prohíbe la circulación de estos automóviles en túneles urbanos.” No se permitirá, por tanto, que un DMP transite por un túnel o paso inferiro.
Estas nuevas normas de la DGT pretenden reducir el número de accidentes y víctimas de los mismos. ¿Crees que son acertadas? ¡Deja tu comentario debajo!